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VIOLENCIA DE GÉNERO / VIOLENCIA SOBRE LA MUJER

Xavier Segura - abogado con formación específica en materia de Violencia de género o sobre la mujer

 

Si tu marido o tu pareja sentimental (sólo caben en relaciones mujer / hombre) con el que convives o bien, aquel hombre con el que mantienes una relación continuada o bien tu novio, si no convives con él, han realizado alguna de las siguientes conductas sobre tu persona:

a) Agresiones físicas de cualquier tipo por ejemplo: bofetadas o puñetazos, te arroja objetos, te pellizca o te dobla alguna extremidad, te estira del pelo, te provoca cortes con algún objeto etc...

b) Agresiones a tu libertad sexual.

c) Amenazas

d) Coacciones

e) Privación arbitraria de tu libertad

f) Violencia que, con objetivo de causar perjuicio a daño a las mujeres, se ejerza sobre sus familiares o allegados menores de edad. Más comúnmente conocido como "violencia vicaria"

Debes saber que has sido víctima de un acto de violencia de género. Debes saber también que en España existe desde el año 2004, una Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre).

Lo que se pretende con esta Ley es establecer medidas de protección integral a las mujeres víctimas de violencia de género con la finalidad de prevenir, sancionar y erradicar esta violencia y al mismo tiempo, prestar asistencia a las mujeres, a sus hijos menores y a los menores sujetos a su tutela o guarda y custodia, que hayan sido víctimas de esa violencia.

Para ello, la precitada Ley Orgánica ha proclamado, entre otros, una serie de derechos a las mujeres víctimas de violencia de género entre los que cabe destacar aquellos que hacen referencia a la asistencia social integrada, a los derechos laborales y de Seguridad Social y a los derechos económicos.

Por otro lado, la propia Ley Orgánica brinda a la mujer víctima de violencia de género una tutela penal que por un lado, incrementa las penas para quienes cometan delitos del ámbito de la violencia de género y a su vez, restringe de forma sustancial las opciones de suspensión y sustitución de las penas impuestas por este tipo de delitos.

Es también de destacar que la Ley Orgánica recoge una tutela de carácter judicial dirigida a especializar a los juzgados de Violencia de género que pasa, entre otros aspectos, a asegurar una formación específica relativa a la igualdad y no discriminación por razón de sexo y sobre violencia de género en los cursos de formación de Jueces y Magistrados, Fiscales, Secretarios Judiciales, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Médicos Forenses.

Por último, la medida o medidas que considero personalmente de vital importancia, son aquellas que hacen referencia a las medidas judiciales de protección y de seguridad de las víctimas de violencia de género. En este sentido, la Ley Orgánica prescribe que, de cometerse un delito en el ámbito de la violencia de género, obliga en todo caso al Juez competente a adoptar medidas que se refieren: 1.-) Acordar la salida del agresor del domicilio familiar y a prohibir el acercamiento y la comunicación con las víctimas, 2.-) La suspensión de la patria potestad o de la custodia de los hijos menores comunes, 3.-) La suspensión del régimen de visitas, estancia y relación o comunicación con los hijos menores.  Además de estas medidas, podrán fijarse en primera comparecencia otras del estilo de: a.) Atribución del uso y disfrute de la vivienda, b.) Fijación de pensión de alimentos en favor de los hijos...

Ofrecidas cuatro pinceladas a través de esta pequeña publicación, Xavier Segura, abogado titular de este despacho de abogados, con formación específica en el ámbito de la violencia de género así como una dilatada experiencia en este tipo de delitos, quiere brindarle la posibilidad de asesoramiento previo, acompañándola a presentar la denuncia ante los cuerpos y fuerzas de Seguridad o asistirla en la primera comparecencia que haga ante el Juez instructor en el momento de ratificarse en la denuncia presentada. Recuerde que debe ser en ese momento donde deben solicitarse las medidas de orden civil que se pretenden. No será posible hacerlo con posterioridad.

Puede consultar la opiniones sobre el abogado en la web o en google.

Xavier Segura - abogado con formación específica en materia de violencia de género o sobre la mujer

Xavier Segura, abogados violencia de género