Juzgados. Participaciones preferentes

Amplia experiencia y conocimientos en la comercialización y venta de estos productos bancarios han permitido a este despacho de abogados obtener, para sus clientes, sentencias favorables a sus intereses y condenando a la entidad a la devolución íntegra del capital invertido más sus intereses legales.

Por este despacho se ha tramitado de nuevo una demanda solicitando la nulidad de la suscripción de participaciones preferentes por la que un Juez de Cervera obliga a la entidad bancaria a restituir la totalidad del capital invertido en dichas participaciones así como al pago de los intereses legales desde que se hicieron las órdenes hasta el día en que definitivamente se restituyan dichos importes. Condenó asimismo al pago de las costas causadas en el procedimiento de nulidad de las participaciones preferentes a la entidad bancaria demandada.

Se centran los elementos fácticos de la demanda en la falta absoluta de información  a los clientes acerca del riesgo del producto que estaban contratando ya que este, se comercializó como un producto conservador y carente de riesgos (al puro estilo de una cuenta corriente) pero no se tuvo en cuenta en el momento de comercializarlo, que pudiesen generarse los insalvables problemas de venta de dichas participaciones preferentes en un mercado secundario, forzándose con ello en última instancia la intervención del FROB que las adquirió con el consecuente tijeretazo.

Por lo tanto, el debate fáctico gira básicamente entorno al incumplimiento por parte de la entidad bancaria de evaluar el perfil inversor del potencial cliente a los efectos de informarle convenientemente y ofrecerle aquellos productos que mejor se adapten a sus objetivos de inversión




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