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Se acerca la resolución definitiva sobre el abuso de la cláusula IRPH hipotecaria.

 

Xavier Segura - abogados Lleida

Ya sólo queda el último paso judicial, a nivel europeo (TSJUE),  para la resolución definitiva sobre el abuso de la clásula IRPH hipotecaria. Ya existe sentencia. La analizamos aquí.

En este sentido, cabe recordar que las conclusiones del abogado general del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea de fecha 10 de septiembre de 2019 no analizan la abusividad de estas cláusulas hipotecarias, ya que el sometimiento a esta calificación se encontraba fuera de la cuestión planteada al Tribunal Europeo.

Por el contrario, el abogado del Tribunal Superior de Justicia de Europa, considera necesaria la concurrencia de tres requisitos para determinar validez o abusividad de las cláusulas de IRPH. La determinación y examen de estos tres requisitos, deberá ser llevado a cabo por los propios jueces españoles al evaluar cada caso concreto que se les someta a demanda. Deberán ser los propios jueces nacionales quienes deberán establecer de forma individual y pormenorizada si las cláusulas IRPH de cada hipoteca superan, o no, cada uno de los tres controles o requisitos.

Señala como elementos de control los siguientes:

A.- Las cláusulas de IRPH deberán estar redactadas de forma clara y comprensible para que deba entenderse como válida.

B.- La comprensión no deberá ser sólo gramatical sino que deberá también permitir al consumidor entender la transcendencia económica y jurídica de la misma. Ello implica necesariamente que el consumidor entienda, en el momento de la firma de la hipoteca, que debe entenderse por referenciar el tipo de interés de la hipoteca al índice IRPH o Índice de Referencia de préstamos hipotecarios.

C.- Como tercer requisito o control, el abogado general del Tribunal Superior de la Unión Europea, considera necesario que se dé un equilibrio en la distribución de derechos y obligaciones entre la entidad bancaria y el consumidor.

Deberemos esperar por tanto la resolución definitiva del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TSJUE) para conocer con exactitud el alcance de dichas cláusulas IRPH hipotecarias y decidir sobre su reclamación o no, por abusivas, ante la entidad bancaria.   

Para cualquier asunto o cuestión relacionada con el asunto concreto u otros de ámbito bancario o financiero, pueden dirigirse directamente al abogado que suscribe Xavier Segura Minguella por medio de formulario o bien por teléfono al

605.27.76.95

www.abogadolleida.es

 





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