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Indemnización de los contratos indefinidos no fijos.

 

¿Podemos solicitar indemnización a la extinción de nuestro contrato indefinido no fijo?

Se trata de determinar si el trabajador tiene derecho a percibir la indemnización de 20 días por año de servicio, a la extinción, por cobertura de vacante, de la relación laboral indefinida no fija que venía manteniendo con el organismo público del que se trate.

Este asunto ya ha sido resuelto por el Tribunal Supremo en una reiterada y conforme doctrina de la propia Sala. En este sentido, la doctrina del Tribunal Supremo reconoce el derecho a la indemnización de 20 días por año de servicio cuando se extingue una relación laboral indefinida no fija por cobertura reglamentaria de la plaza. Ello en atención a la especial naturaleza de este tipo de relación laboral que trae causa de la irregular contratación temporal del trabajador en fraude de ley, y en analogía con la indemnización prevista para la extinción de los contratos de trabajo por causas objetivas.

¿Qué debo hacer para tramitar esta indemnización?

Ponerse en contacto con este despacho de abogados, el cual le informará, tras un breve cuestionario, si tiene o no derecho a percibir la indemnización por extinción del contrato indefinido no fijo.

Puede contactar llamando directamente al 605.27.76.95 o por WhatsApp en el mismo número.

 





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