Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Más información
Política de Cookies
Acepto
Tancar

EL ACCIDENTE DE TRABAJO

Xavier Segura Abogados expertos en accidentes de trabajo

Se define como accidente de trabajo o accidente laboral, cualquier lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.

Para analizar el accidente de trabajo en cuestión se deben tener en cuenta los siguientes puntos:

 

-LESIÓN CORPORAL:

Se refiere al daño o detrimento corporal causado por una herida, golpe o enfermedad. La lesión corporal también contempla los daños psíquicos, así como el síndrome post conmocional, el trauma mental, los trastornos de ansiedad, moobing o estres laboral entre otros.

 

-TRABAJO POR CUENTA AJENA:

La víctima del accidente de trabajo es aquel trabajador que voluntariamente presta sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica (empresario). Se asimilan a la cobertura por accidente de trabajo los siguientes:

A) Trabajadores por cuenta ajena y los socios trabajadores de sociedades mercantiles.

B) Conductores de vehículos de turismo al servicio de particulares.

C) Personal civil no funcionario al servicio de entidades de la Administración local.

D) Laicos o seglares que presten servicios retribuidos en los establecimientos de las entidades eclesiásticas.

E) Personas que presten servicios retribuidos a entidades benéfico-sociales.

F) Personal contratado al servicio de notarías, registros de la propiedad y demás oficinas.

G) Funcionarios en prácticas y los altos cargos de las Administraciones públicas que no sean funcionarios  públicos.

H) Funcionarios del estado transferidos a las Comunidades Autónomas.

I) Miembros de las Corporaciones locales que desempeñen sus cargos con dedicación exclusiva.

J) Consejeros y administradores de sociedades mercantiles siempre que no posean el control de éstas, y que sus funciones estén relacionadas con la dirección y la gerencia de la sociedad.

 

-NEXO CASUAL ENTRE TRABAJO Y LESIÓN:

La lesión que ha producido el accidente laboral debe haberse sufrido con ocasión o por consecuencia del mismo. El hecho de que se entienda como accidente laboral aquel que se ha producido por ocasión del trabajo, hace que sea suficiente la existencia de una causalidad indirecta.

El nexo causal no se remite únicamente al acto del trabajo en sentido estricto, sino que acoge todo aquello que tenga que ver con el mismo o esté dentro de la presunción general de la laboralidad del accidente.

Este nexo se rompe cuando existe prueba cierta u convincente de una causa distinta.

La relación de causalidad se puede compartir con factores ajenos al trabajo.

Los supuestos que pueden ser considerados accidentes de trabajo son:

1.- Las lesiones que el trabajador sufra durante el tiempo y el lugar de trabajo.

2.- El accidente ocurrido in itinere.

3.- El accidente en misión.

4.- El accidente producido con ocasión o por consecuencia de las tareas realizadas por órdenes del empresario o por interés de la empresa.

5.- Enfermedades contraídas con motivo de trabajo.

6.- Enfermedades anteriores que se agravan por accidente de trabajo.

7.- Enfermedades intercurrentes.

8.- Accidentes sufridos por los cargos sindicales.

9.- Los accidentes sufridos por los trabajadores en los actos de salvamento, cuando tengan relación con el trabajo.

10.- Los accidentes ocurridos durante la realización de prestaciones personales obligatorias.

11.- Los accidentes de los presidentes o vocales de las mesas electorales.

Abogados de accidentes de trabajo Xavier Segura
 

Se considera accidente de trabajo siempre que este se produzca en el lugar de trabajo y durante el tiempo de trabajo. Se entiende por lugar de trabajo toda el área del centro de trabajo, edificada o no. Se entiende por tiempo de trabajo aquel período en que el trabajador permanece en el trabajo a disposición del empresario y ejerciendo sus funciones (también incluye las horas extraordinarias).

 

Este despacho de abogados está especializado, dentro del ámbito laboral y del derecho del trabajo, en este tipo de accidentes laborales. Si usted ha sido víctima de un accidente de trabajo o, por el contrario, alguno de sus trabajadores ha sido víctima de este tipo de accidentes, no dude en CONTACTAR CON NOSOTROS para poder tomar la decisión adecuada a su asunto concreto.

Consulte las opiniones sobre el abogado en la misma web. O en Google.

XAVIER SEGURA - ABOGADO LABORALISTA - ADVOCATS DE LABORAL- LLEIDA

 

 





Contacta con nosotros






Escribe los números de la imagen:
This Is CAPTCHA Image