PUNTOS QUE DEBEMOS EVALUAR EN TODA RELACIÓN LABORAL
Xavier Segura advocats - Abogados laboralistas.
Te han despedido sin ningún motivo?, ¿te deben las nóminas de los últimos meses?, ¿Quieren cambiarte de categoría profesional?, ¿Quieren desplazarte a otra ciudad para trabajar?, ¿desarrollas actividades de riesgo y el empresario no pone a tu disposición los medios de protección adecuados?, ¿Has tenido un accidente de trabajo?, ¿Quieren modificar tu jornada de trabajo?
Entendemos como derecho laboral o derecho del trabajo toda relación individual laboral que afecta a la relación entre un trabajador y su empresa o viceversa.
¿Que puntos debemos evaluar para una correcta relación laboral?:
.- Los derechos y deberes laborales que deben que corresponden al trabajador y al empresario, no sean pisoteados por unos o despreciados por otros ya que entendemos que la relación laboral debe desarrollarse en un marco de confianza y respeto.
.- La corrección del contrato de trabajo a los efectos de adaptarlo a la legalidad vigente y evitar que su incorrecta utilización pueda mermar los derechos de trabajador o pueda perjudicar los intereses de la empresa.
.- La prevención de riesgos, salud y seguridad en el trabajo con la finalidad de evitar los menoscabos físicos que pudiera sufrir el trabajador como consecuencia de una incorrecta planificación por parte de la empresa a la par que evitar responsabilidades a la empresa por una posible desidia en estos asuntos.
.- La movilidad funcional (categoría laboral) y la movilidad geográfica , se adopten en el seno de la empresa con todas las garantías que exige la propia legislación laboral de forma que no se mermen los derechos del trabajador en estas materias y a su vez, la propia empresa no incurra en conductas erróneas que puedan derivar en posibles sanciones e indemnizaciones.
.- La subcontratación de obras y servicios con las consecuentes responsabilidades derivadas, la cesión de trabajadores y las garantías por cambios de empresario.
.- Las causas que extinguen el contrato de trabajo para comprobar que se ajustan a la realidad de los hechos (tipo de despido, importe indemnización, argumentación del despido, despido nulo…) y evitar con ello que el trabajador sufra menoscabo de sus derechos y la empresa pueda incurrir en conductas que puedan derivar en efectos indemnizatorios o cualesquiera no deseados por aquella.
.- Las sanciones laborales que se impongan al trabajador como consecuencia de su conducta en el trabajo y su correcta aplicación por parte de la empresa.
Entendemos que las relaciones laborales constituyen un tema extremadamente sensible y máxime hoy en día con la precariedad del mercado laboral. Es evidente que la toma de una decisión en el ámbito de la relación de trabajo afecta tanto al trabajador como a la empresa. A su vez, es perfectamente normal que estas decisiones se adopten continuamente por la empresa con la finalidad de adaptarla a la realidad social. Ahora bien, dichas decisiones deben ser adoptadas de acuerdo con el marco legal vigente para evitar problemas que puedan afectarnos en un futuro. Es por ello que este despacho, con una profunda formación en materia laboral, interviene en estas relaciones laborales de la mano del trabajador en unas ocasiones y de la empresa, en otras, con la exclusiva finalidad que los derechos y deberes de unos y otros no se vean desprotegidos como consecuencia de una conducta incorrecta desde el punto de vista laboral.
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XAVIER SEGURA - ABOGADOS LABORALISTA - ADVOCAT DE LABORAL - LLEIDA